LA FUNDACION DIVISION AZUL
Creada por Orden de 22 de febrero de 1991 del Ministerio de Cultura (B.O.E nº 67 de 19/03/91) por la que se reconoce, clasifica e inscribe como Fundación Cultural Privada de promoción con el carácter de benéfica. Registrada oficialmente con el número 272. |
Fines
y objetivos: a) El estudio, difusión y conocimiento de lo que fue y representó la División Española de Voluntarios, conocida por División Azul, su sucesora la Legión Azul y la Escuadrilla Azul, en la II Guerra Mundial.
b) Promover y fomentar estudios, sobre los hechos y motivaciones referidos a dichas unidades voluntarias y a otras unidades y hechos históricos militares.
c) Colaborar en la conservación y ampliación de los archivos y museos existentes en las distintas Hermandades de la División Azul, repartidas por el territorio español, haciéndose cargo de dichos archivos, documentación y museos en el supuesto de extinguirse alguna de ellas, o todas.
d) Asumir, igualmente, si así se acuerda, las funciones de solidaridad y asistencia con los combatientes y familiares de las unidades citadas, estableciendo las relaciones de ámbito nacional e internacional correspondientes con las organizaciones, asociaciones o fundaciones que tienen motivaciones afines y en particular la Verband Deutschen Soldaten de Alemania.
e) Establecer premios literarios, bolsas y becas de estudios, sobre temas y hechos, asimismo, relacionados con dichas unidades de combatientes y de otras unidades militares españolas.
f) Organizar ciclos de conferencias y exposiciones, excursiones y viajes de estudios sobre la doctrina y pensamiento que presidieron su creación y actuación. También de recuerdo y homenaje a los que perdieron sus vidas, defendiendo sus ideales y su fe, encuadrados en la División Azul.
g) Editar los trabajos realizados por el Patronato y bajo sus auspicios y aquellos otros, que por su espíritu patriótico lo merezcan.
h) Crear un capital fundacional para estos fines y otros análogos. La Fundación, atendiendo a las circunstancias de cada momento, tendrá plena libertad para proyectar su actuación hacia las actividades, finalidades y objetivos que, a juicio del Patronato, sean más adecuados al momento histórico, siempre que encajen dentro de su espíritu. |